Suscripción por parte del ayuntamiento de un seguro de responsabilidad civil que de acuerdo con lo establecido en el art. 73 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, se define como aquel en el que el asegurador se obliga a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado.
Procedimiento Negociado sin publicidad
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Descripción
Contrato adjudicado a G08171407: FIATC MUTUA DE SEGUROS. por 11455.49 EUR
Importe
11.455,49 €
Enlace del contrato
https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:detalle_licitacion&idEvl=ui5QI0NBGJIQK2TEfXGy%2BA%3D%3D. Abre en ventana nueva